Marco legal de drones: Reglamentos (UE) 2019/947 y 2019/945 y RD 517/2024
Las normas que regulan los drones en España: los reglamentos europeos 2019/947 y 2019/945, el RD 517/2024 y los cambios de 2024–2026.
Si operas drones de forma profesional en España, necesitas saber exactamente qué norma te obliga y a qué nivel. El marco no es una sola ley: es una pirámide de normas europeas directamente aplicables más una capa nacional que las desarrolla. Entender cómo encajan evita el error habitual de buscar en el BOE una respuesta que en realidad está en un reglamento de la UE —o de creer que el RD 517/2024 sustituye a Bruselas cuando solo lo complementa.
Los dos reglamentos UE y su aplicabilidad directa
El núcleo del marco son dos normas europeas. El Reglamento de Ejecución (UE) 2019/947 regula las operaciones: define las tres categorías (Abierta, Específica y Certificada), la competencia del piloto a distancia y el registro del operador. El Reglamento Delegado (UE) 2019/945 regula el producto: los requisitos técnicos, el marcado CE y las etiquetas de clase C0–C6 que el fabricante coloca en cada UAS.
Por qué no aparecen «traspuestos» en el BOE
El RD 517/2024 como capa nacional
El Real Decreto 517/2024 entró en vigor el 25 de junio de 2024 y desarrolla el régimen nacional sobre los Reglamentos (UE) 2019/947, 2019/945 y el Reglamento U-space (UE) 2021/664, sin sustituirlos. No define categorías ni clases —eso lo hace Europa—; lo que añade es lo que el reglamento europeo deja en manos de cada Estado: las zonas geográficas de UAS, las edades mínimas del piloto, el seguro de responsabilidad civil exigible, los detalles del registro y el marco para los volúmenes U-space.
Qué deroga y qué no
El RD 517/2024 derogó el RD 1036/2017, el antiguo «reglamento de drones» español. Pero no toca la base europea: las reglas de operación y de producto siguen viviendo en los Reglamentos (UE) 2019/947 y 2019/945.Fin del RD 1036/2017 y régimen transitorio no EASA
El RD 1036/2017 quedó derogado con carácter general, pero conserva una vida residual: sigue aplicándose solo transitoriamente a las operaciones no EASA —las de aduanas, policía, búsqueda y salvamento, bomberos o control de fronteras— hasta que esas actividades se adapten al nuevo marco. Para ellas se mantienen también los escenarios estándar nacionales no EASA (STS-ES-NE). Para todo lo demás, el RD 1036/2017 ya no es derecho aplicable.
Periodos de transición: lo cerrado y lo abierto
La normativa europea fijó plazos de transición que ya han ido venciendo. Conviene tenerlos claros porque marcan qué reglas están plenamente en vigor hoy:
- 1 de enero de 2024: terminó el periodo principal de transición. Desde entonces el marcado de clase es plenamente operativo y los drones legacy sin etiqueta quedan limitados.
- 1 de enero de 2026: caducan las declaraciones presentadas bajo los escenarios estándar nacionales (STS-ES). Desde 2026, las actividades EASA deben apoyarse en los STS europeos, una PDRA o un SORA completo.
Si seguías operando bajo un STS-ES
AESA y ENAIRE: competencias
El marco reparte el trabajo entre dos organismos. AESA es la autoridad nacional competente: gestiona el registro de operadores, las autorizaciones de la categoría Específica, la supervisión de la formación y la inspección. ENAIRE es el proveedor único de información de las zonas geográficas de UAS y el proveedor de servicios de información común (CISP) de U-space. En la práctica: lo que es permiso o registro pasa por AESA; lo que es espacio aéreo y zonas se consulta y coordina con ENAIRE Drones.
| Norma | Tipo | Qué regula | Vigencia clave |
|---|---|---|---|
| Reglamento (UE) 2019/947 | Ejecución | Operaciones, categorías, piloto, registro | Aplicable desde 31/12/2020 |
| Reglamento (UE) 2019/945 | Delegado | Producto, marcado CE, clases C0–C6 | Aplicable desde 31/12/2020 |
| RD 517/2024 | Real Decreto | Zonas, edades, seguro, registro, U-space | En vigor 25/06/2024; deroga RD 1036/2017 |
| RD 1036/2017 | Real Decreto | Operaciones no EASA (transitorio) | Derogado, residual hasta adaptación |
Cambios 2025–2026
El marco no es estático. Tres novedades recientes conviene tener presentes:
- STS 783/2025 (Tribunal Supremo, 19/06/2025): la sentencia anuló solo la Sección 3 del Capítulo VI del RD 517/2024 (el registro del Ministerio del Interior), dejando en vigor las reglas de operación, registro de operadores, zonas y U-space. El cuerpo del real decreto sigue plenamente aplicable.
- Ley 8/2025: ajustes legales que afectan al régimen sancionador y al marco aeronáutico nacional.
- SORA 2.5: EASA adoptó la nueva versión de la metodología mediante la ED Decision 2025/018/R, aplicable desde el 30 de septiembre de 2025. Cambia cómo se calcula el riesgo en tierra (iGRC) y simplifica parte del análisis.
El Supremo no tumbó el RD 517/2024
Versión consolidada vigente del 2019/947
El Reglamento (UE) 2019/947 ha sido modificado varias veces desde 2019. Para no trabajar con un texto desactualizado, usa siempre la versión consolidada: la vigente en 2026 está fechada el 1 de mayo de 2025. Es la que integra todas las modificaciones aplicables y la referencia correcta para cualquier comprobación normativa.
De la norma a la práctica: tramita tu permiso
Conocer el marco es el primer paso; aplicarlo es otro. La mayoría de las operaciones profesionales caen en la categoría Específica, lo que obliga a elegir la vía correcta —declaración bajo escenario estándar, PDRA o SORA— y reunir la documentación que cada una exige. Antes de cualquier vuelo conviene comprobar también el registro como operador en AESA y las zonas geográficas aplicables.
Cumple el marco sin leerte el BOE entero
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